La Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación resolvió reencauzar al Tribunal Electoral del Estado de Oaxaca, la impugnación presentada por la senadora Susana Harp sobre la protección a sus derechos políticos electorales.
De acuerdo los magistrados y magistradas, la impugnación de la senadora podría ser valida, no obstante, se saltó el proceso de impugnación, pues no se agotó el principio de definitividad, es decir, no se siguió el proceso ante la primera instancia.
La senadora presentó como agravios lo siguiente:
- La determinación impugnada no fue exhaustiva.
- Alega que no se atendieron los argumentos por los que señaló que Salomón Jara Cruz ha llevado a cabo, de forma reiterada y sistemática, actos anticipados de campaña para promocionar su nombre.
- Es ilegal el nombramiento de Salomón Jara Cruz como candidato de dicho partido a gobernador de Oaxaca, ya que se vulneraron las etapas y fases del procedimiento interno.
- Se violan los principios de equidad de género y alternancia política, así como los derechos de no discriminación e igualdad de la actora.